Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 80
En vigor desde 19 ene 2007
Se aplicará la normativa estatal sobre infracciones y sanciones administrativas en materia de subvenciones, salvo en lo que resulte afectado por lo dispuesto en el artículo siguiente.
Se modifica por el .1 de la Ley 9/2006, de 21 de diciembre. Ref. BOE-A-2007-7791 .
Tus anotaciones
ProDOCM-q-2002-90021#art-80