Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO I

Art. 80

En vigor desde 19 ene 2007
Se aplicará la normativa estatal sobre infracciones y sanciones administrativas en materia de subvenciones, salvo en lo que resulte afectado por lo dispuesto en el artículo siguiente. Se modifica por el .1 de la Ley 9/2006, de 21 de diciembre. Ref. BOE-A-2007-7791 .

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DOCM-q-2002-90021#art-80

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