Título TÍTULO PRELIMINAR›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 1
En vigor desde 30 nov 2002
1. Constituye el objeto de esta Ley la regulación de la actividad económico-financiera y presupuestaria de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
2. La aplicación de la presente Ley a las Cortes de Castilla-La Mancha y a los órganos de éstas dependientes se realizará sin perjuicio del régimen establecido en las normas que regulan su funcionamiento y de su autonomía presupuestaria. No obstante, se observará la coordinación necesaria para la elaboración del Proyecto de Ley de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
Tus anotaciones
ProDOCM-q-2002-90021#art-1