Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO I

Art. 39

En vigor desde 30 nov 2002
Las previsiones contenidas en los estados de ingresos de los Presupuestos Generales se estructuran siguiendo las clasificaciones orgánica y económica. a) La clasificación orgánica distingue por secciones los ingresos correspondientes a la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. b) La clasificación económica agrupa los ingresos distinguiendo los corrientes de los de capital, según los siguientes criterios: En los Ingresos corrientes se distinguen los siguientes capítulos: 1.–Impuestos Directos, 2.–Impuestos Indirectos, 3.–Tasas, Precios Públicos y otros ingresos, 4.–Transferencias corrientes, 5.–Ingresos Patrimoniales. En los ingresos de capital se distinguen los siguientes capítulos: 6.–Enajenación de inversiones reales, 7.–Transferencias de capital, 8.–Activos financieros, 9.–Pasivos Financieros. c) Los capítulos se subdividen en artículos; éstos, a su vez, en conceptos y, en su caso, en subconceptos.

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DOCM-q-2002-90021#art-39

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