Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO II

Art. 34

En vigor desde 30 nov 2002
1. La prescripción de las obligaciones de contenido económico de la Hacienda Pública de Castilla-La Mancha se regulará por lo dispuesto en las leyes del Estado. 2. Las obligaciones a cargo de la Hacienda Pública de Castilla-La Mancha que hayan prescrito serán baja en las respectivas cuentas, previa tramitación del oportuno expediente.

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DOCM-q-2002-90021#art-34

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