Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO I

Art. 86

En vigor desde 1 jul 2000
1. Constituyen la Tesorería todos los recursos financieros, sean dinero, valores o créditos, tanto por operaciones presupuestarias como extrapresupuestarias cuya titularidad corresponda a la Comunidad Autónoma de Aragón, sus organismos y empresas. 2. Las disponibilidades de la Tesorería y sus variaciones están sujetas a intervención y al régimen de contabilidad pública.

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BOA-d-2000-90001#art-86

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