Título TÍTULO 8

Art. Disposición adicional vigésima segunda

En vigor desde 23 nov 1997
Se añade una frase al final de la letra c) del artículo 22 de la Ley 21/1987, de 26 de noviembre, de incompatibilidades del personal al servicio de la Administración de la Generalidad, con el siguiente texto: «Si la actividad principal se desarrolla en las universidades catalanas, esta competencia es ejercida por el correspondiente rector.»

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DOGC-f-1997-90001#disposicion-adicional-vigesima-segunda

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