Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 4
En vigor desde 29 jul 1997
Sin perjuicio de la normativa básica del Estado, las Cajas de Ahorros de la Comunidad Valenciana se regirán por las siguientes disposiciones:
1. La presente Ley.
2. Las normas reglamentarias dictadas en desarrollo de esta Ley.
3. Sus propios Estatutos y Reglamentos.
4. Con carácter de Derecho supletorio, el ordenamiento general del Estado.
Tus anotaciones
ProDOGV-r-1997-90026#art-4