Título TÍTULO VCapítulo CAPÍTULO XXXI

Art. 307

En vigor desde 6 oct 1934
Las chapas de forro de los elevadores y las cubiertas de los transportadores de hélice deberán cerrar lo más herméticamente que sea posible, con el fin de que no permita salir polvo al exterior.
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eli/es/d/1934/08/23/(1)#art-307

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