Título TÍTULO VCapítulo CAPÍTULO XXX

Art. 259

En vigor desde 6 oct 1934
Antes de cada mechero o aparato consumidor de gas de hornos de cok habrá un dispositivo que corte la propagación de una eventual explosión hacia los hornos. Cada mechero o aparato consumidor de gas tendrá a la vista un manómetro de agua que indique la presión de gas y un cuadro de instrucciones. Toda tubería de gas estará provista de válvulas de explosión en número prudente y de registros de limpieza.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/d/1934/08/23/(1)#art-259

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil