Art. Artículo sexto
En vigor desde 21 ene 1950
La Cruz de Honor lleva como insignia una Cruz pendiente del cuello y hombros mediante una cadena de eslabones. Iguales en tamaño a los de la Gran Cruz pero en plata, sin esmaltes ni flamas. Lleva también una placa como la de la Gran Cruz, en plata, con los extremos de los brazos en oro, que habrá de colocarse también al lado derecho.
Se modifica la denominación de la Cruz Meritísima por el Decreto de 9 de enero de 1950. Ref. BOE-A-1950-846
Tus anotaciones
Proeli/es/d/1945/03/02/(2)#articulo-sexto