Título TÍTULO VII

Art. 89

Derogado
En vigor desde 23 abr 1975
Las resoluciones a que dé lugar la aplicación del presente Decreto y disposiciones complementarias en materia sancionadora serán, en todo caso, recurribles en la forma prevista en el artículo 14 de la Ley 38/1972, de veintidós de diciembre, de Protección del Ambiente Atmosférico.
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eli/es/d/1975/02/06/833#art-89

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