Libro LIBRO ITítulo TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO IISecc. Sección 1.ª Montes públicos§ Epígrafe E. Montes de utilidad pública

Art. 29

En vigor desde 2 abr 1962
Firme la orden de declaración de utilidad pública, los montes o terrenos forestales que hubieren sido objeto de ella, serán incorporados al Catálogo de Montes, comunicándose el acuerdo a la Entidad a quien haya de asignarse su pertenencia.
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eli/es/d/1962/02/22/485#art-29

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