Libro LIBRO ITítulo TÍTULO IV

Art. 138

En vigor desde 2 abr 1962
Dictada la Orden aprobatoria del deslinde de un monte público, el mismo Ingeniero que lo realizó, a ser posible, formulará inmediatamente el proyecto correspondiente de amojonamiento definitivo.
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eli/es/d/1962/02/22/485#art-138

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