Libro REGLAMENTO ORGÁNICO DEL ESTATUTO DEL MINISTERIO FISCALTítulo TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO II

Art. 19

En vigor desde 14 abr 1969
El ingreso en la Carrera Fiscal se hará por la categoría cuarta de las mencionadas en el artículo 10 de este Reglamento.
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eli/es/d/1969/02/27/437#art-19

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