Art. Preambulo

En vigor desde 29 sept 1974
El incremento del tráfico viario y la necesidad de la colaboración de todos los usuarios de las vías públicas para que aquél se desenvuelva dentro de las más estrictas normas de seguridad, armonía y fluidez aconsejan que, así como se sancionan las conductas antirreglamentarias, se honren o premien las que entrañan una importante aportación a la seguridad vial, tengan un notorio relieve en la salvaguardia de ésta o constituyan un ejemplo encomiable para los demás. En su virtud, a propuesta del Ministro de la Gobernación y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día nueve de agosto de mil novecientos setenta y cuatro, DISPONGO:
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eli/es/d/1974/08/09/2464#preambulo-preambulo

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