Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 31
En vigor desde 15 jul 1969
Los aprovechamientos que se realicen en los polígonos delimitados se harán en forma tal que mantengan el conveniente equilibrio entre la superficie pastable y el ganado que se alimente, debiendo cuidar las Hermandades Sindicales de que no se produzcan situaciones de sobrepastoreo y de carga excesiva de ganado, en evitación de perjuicios del pastizal y erosión de los terrenos en que se asiente, a cuyo fin tales formas de aprovechamiento serán reflejadas en las correspondientes Ordenanzas.
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Tus anotaciones
Proeli/es/d/1969/06/06/1256#art-31