Libro LIBRO IVTítulo TÍTULO VCapítulo CAPÍTULO VII

Art. Disposición transitoria décima

En vigor desde 23 feb 1973
Las unidades tipo de aprovechamiento agrícola, constituidas al amparo de la legislación anterior, seguirán el mismo régimen a que hasta ahora estaban sujetas.
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eli/es/d/1973/01/12/118#disposicion-transitoria-decima

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