Art. 6
En vigor desde 15 mar 2018
Artículo 6
Queda revocada la autorización de exención del pago del derecho antidumping ampliado con arreglo al artículo 5 del Reglamento (CE) n.o 88/97 respecto de la parte que figura en el cuadro 5.
El derecho ampliado debe recaudarse a partir de la fecha en la que surtió efecto la revocación de la autorización. Dichas fechas se indican en la columna «Fecha de efecto» en el cuadro 5 que figura a continuación.
Cuadro 5
Parte para la que se ha revocado la exención
Código TARIC adicional
Nombre
Dirección
Fecha de efecto
A549
Alliance Bikes Sp. Z o.o.
ul. Tadeusza Borowskiego 2,
PL-03-475 Warszawa, Polonia
21.2.2017
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