Art. 4
En vigor desde 15 mar 2018
Artículo 4
Las partes que figuran en el cuadro 3 están siendo examinadas de conformidad con el artículo 6 del Reglamento (CE) n.o 88/97.
La suspensión del pago del derecho antidumping ampliado de conformidad con el artículo 5 del Reglamento (CE) n.o 88/97 tendrá efecto a partir de las fechas de recepción de las solicitudes de las partes. Dichas fechas se indican en la columna «Fecha de efecto» en el cuadro 3 que figura a continuación.
Estas suspensiones se aplicarán solo a las partes que están siendo examinadas y que se mencionan expresamente en el cuadro 3 con sus nombres y direcciones.
Las partes examinadas notificarán inmediatamente a la Comisión cualquier cambio de estos datos, facilitando toda la información pertinente, en particular sobre cualquier modificación de sus actividades relacionadas con las operaciones de montaje desde el punto de vista de las condiciones de suspensión.
Cuadro 3
Partes que están siendo examinadas
Código TARIC adicional
Nombre
Dirección
Fecha de efecto
C049
Cycles Sport North Ltd
363 Leach Place, Walton Summit Center,
GB-PR5 8AS Preston, Reino Unido
27.4.2015
C170
Hermann Hartje KG
Deichstrasse 120-122,
DE-27318 Hoya, Alemania
29.9.2016
C202
VANMOOF B.V.
Mauritskade 55,
NL-1092 AD Amsterdam, Países Bajos
19.12.2016
C207
Kenstone Metal Company GmbH
Heideland 1-7,
DE-24976 Handewitt-Weding, Alemania
20.3.2017
C209
Gor Kolesa, proizvodnja koles, d.o.o.
Partizanska cesta 12,
SI-3320 Velenje, Eslovenia
26.4.2017
C220
Matex International Aquitaine
6 Avenue Gay Lussac,
FR-33370 Artigues-près-Bordeaux, Francia
9.6.2017
C307
Merida Polska Sp. Z o.o.
ul. Marii Skłodowskiej-Curie 35,
PL-41-800 Zabrze, Polonia
14.6.2017
C311
Juan Luna Cabrera
C/Alhama 64,
ES-14900 Lucena (Córdoba), España
4.10.2017
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
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