Art. 6

Art. 6

En vigor desde 15 mar 2018
Artículo 6 Queda revocada la autorización de exención del pago del derecho antidumping ampliado con arreglo al artículo 5 del Reglamento (CE) n.o 88/97 respecto de la parte que figura en el cuadro 5. El derecho ampliado debe recaudarse a partir de la fecha en la que surtió efecto la revocación de la autorización. Dichas fechas se indican en la columna «Fecha de efecto» en el cuadro 5 que figura a continuación. Cuadro 5 Parte para la que se ha revocado la exención Código TARIC adicional Nombre Dirección Fecha de efecto A549 Alliance Bikes Sp. Z o.o. ul. Tadeusza Borowskiego 2, PL-03-475 Warszawa, Polonia 21.2.2017
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