Art. 3

En vigor desde 31 jul 2015
Artículo 3 Se prohíbe la contratación por nacionales de los Estados miembros, mediante buques o aeronaves que enarbolen su pabellón, de artículos a que se refiere el artículo 1, apartado 1, desde Libia, sean o no estos artículos originarios del territorio de Libia.
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