Art. 6
En vigor desde 20 feb 2014
Artículo 6
1. Queda derogada la Decisión 2007/659/CE.
2. Toda referencia a la Decisión derogada se entenderá hecha a la presente Decisión.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:dec:2014:189(2):oj#art-6