Art. 5

En vigor desde 22 jul 2013
Artículo 5 1.   La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción. 2.   La presente Decisión caducará a los 24 meses de la celebración del convenio de financiación mencionado en el artículo 3, apartado 3, o tres meses después de la fecha de su adopción si no se ha celebrado ningún convenio de financiación dentro de dicho período.
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