Art. 34

Contabilidad de los costes operativos comunes

En vigor desde 19 dic 2011
Artículo 34 Contabilidad de los costes operativos comunes El comandante de la operación llevará la contabilidad de las transferencias recibidas de ATHENA, de los gastos comprometidos y de los pagos efectuados e ingresos recibidos, así como el inventario de los bienes muebles financiados con cargo al presupuesto de ATHENA y utilizados para la operación bajo su mando.
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