Art. 34
Contabilidad de los costes operativos comunes
En vigor desde 19 dic 2011
Artículo 34
Contabilidad de los costes operativos comunes
El comandante de la operación llevará la contabilidad de las transferencias recibidas de ATHENA, de los gastos comprometidos y de los pagos efectuados e ingresos recibidos, así como el inventario de los bienes muebles financiados con cargo al presupuesto de ATHENA y utilizados para la operación bajo su mando.
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