Art. 8
Gripe aviar en aves de corral y aves silvestres
En vigor desde 30 nov 2011
Artículo 8
Gripe aviar en aves de corral y aves silvestres
1. Quedan aprobados los programas de control de la gripe aviar en aves de corral y aves silvestres presentados por Bélgica, Bulgaria, República Checa, Dinamarca, Alemania, Estonia, Irlanda, Grecia, España, Francia, Italia, Chipre, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Hungría, Malta, Países Bajos, Austria, Polonia, Portugal, Rumanía, Eslovenia, Eslovaquia, Finlandia, Suecia y Reino Unido para el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2012.
2. La contribución financiera de la Unión:
a)
consistirá en una cantidad a tanto alzado destinada a compensar todos los gastos contraídos para la realización de las siguientes actividades o pruebas:
i)
0,5 EUR por muestra de manadas de aves de corral,
ii)
5 EUR por ave silvestre incluida en la muestra en el marco de la vigilancia pasiva,
iii)
1 EUR por prueba ELISA,
iv)
1 EUR por prueba de inmunodifusión en gel de agar;
b)
cubrirá el 50 % de los gastos contraídos por cada Estados miembro para la realización de pruebas de laboratorio distintas de las previstas en la letra a), y además
c)
no superará los límites siguientes:
i)
40 000 EUR para Bélgica,
ii)
40 000 EUR para Bulgaria,
iii)
30 000 EUR para la República Checa,
iv)
40 000 EUR para Dinamarca,
v)
80 000 EUR para Alemania,
vi)
10 000 EUR para Estonia,
vii)
60 000 EUR para Irlanda,
viii)
10 000 EUR para Grecia,
ix)
90 000 EUR para España,
x)
130 000 EUR para Francia,
xi)
800 000 EUR para Italia,
xii)
10 000 EUR para Chipre,
xiii)
20 000 EUR para Letonia,
xiv)
10 000 EUR para Lituania,
xv)
10 000 EUR para Luxemburgo,
xvi)
130 000 EUR para Hungría,
xvii)
10 000 EUR para Malta,
xviii)
190 000 EUR para los Países Bajos,
xix)
50 000 EUR para Austria,
xx)
100 000 EUR para Polonia,
xxi)
20 000 EUR para Portugal,
xxii)
250 000 EUR para Rumanía,
xxiii)
30 000 EUR para Eslovenia,
xxiv)
20 000 EUR para Eslovaquia,
xxv)
10 000 EUR para Finlandia,
xxvi)
40 000 EUR para Suecia,
xxvii)
100 000 EUR para el Reino Unido.
3. Los importes máximos que se reembolsarán a los Estados miembros por el gasto de las pruebas realizadas en el marco de los programas no superarán como media:
a)
por la prueba de inhibición de la hemaglutinación (HI) de H5/H7:
12 EUR por prueba;
b)
por la prueba de aislamiento del virus:
40 EUR por prueba;
c)
por la prueba PCR:
20 EUR por prueba.
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