Art. 13

Puesta en marcha del régimen de licencias FLEGT

En vigor desde 28 feb 2011
Artículo 13 Puesta en marcha del régimen de licencias FLEGT 1.   Las Partes acordarán la fecha a partir de la cual el régimen de licencias FLEGT será operativo. 2.   Antes del inicio de la concesión de licencias FLEGT se efectuará una evaluación técnica conjunta, cuyos objetivos y criterios se establecen en el anexo VIII.
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