Art. 3

Actividades del PEIM

En vigor desde 16 sept 2009
Artículo 3 Actividades del PEIM 1.   La actividad fundamental del PEIM consistirá en la financiación de proyectos transnacionales del PEIM, con la participación de varios socios, que consistan en actividades de investigación, desarrollo tecnológico, formación y difusión («proyectos del PEIM»). Teniendo en cuenta la concentración de la capacidad en el campo de la metrología, la parte fundamental de los proyectos del PEIM será ejecutada por los Institutos Nacionales de Metrología y los institutos designados (es decir, institutos especializados responsables de determinadas normas nacionales y servicios asociados que no están cubiertos por las actividades de los Institutos Nacionales de Metrología) de los Estados participantes. 2.   Con el fin de incrementar y diversificar la capacidad existente en el campo de la metrología, el PEIM financiará también varios regímenes de becas para investigadores que complementarán los proyectos del PEIM. 3.   Los proyectos del PEIM serán seleccionados y las becas para investigadores concedidas tras unas convocatorias de propuestas que cumplan los principios relativos a la igualdad de trato, la transparencia, la evaluación independiente, la cofinanciación, el carácter no lucrativo y la irretroactividad mencionados en el artículo 112, apartado 1, del Reglamento Financiero, que figuran en el anexo I de la presente Decisión. 4.   Los criterios fundamentales de evaluación aplicables serán, mutatis mutandis, los que establece el artículo 15, apartado 1, letras a) y b), de las normas de participación en el séptimo programa marco correspondientes a los proyectos del PEIM y los regímenes de becas para investigadores, respectivamente. La convocatoria de propuestas concretará los criterios centrales de evaluación. Podrán añadirse criterios adicionales a condición de que se publiquen en la convocatoria de propuestas, no sean discriminatorios y no prevalezcan sobre los criterios centrales de evaluación. 5.   El anexo I facilita más datos sobre le ejecución de las actividades del PEIM.
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