Art. 5
Tareas de la Oficina
En vigor desde 26 jun 2009
Artículo 5
Tareas de la Oficina
1. La ejecución de las tareas de la Oficina incluirá, en particular, las operaciones siguientes:
a)
reagrupación de los documentos que deben publicarse;
b)
preparación, concepción gráfica, corrección, maquetación y verificación de textos y otros elementos, independientemente del formato y del soporte, respetando, por una parte, las indicaciones de las instituciones y, por otra, las normas de presentación tipográfica y lingüística establecidas en colaboración con las instituciones;
c)
indexación y catalogación de las publicaciones;
d)
análisis documental de los textos publicados en el Diario Oficial y de otros textos oficiales distintos de los publicados en el Diario Oficial;
e)
consolidación de textos legislativos;
f)
gestión, desarrollo, actualización y difusión del tesauro multilingüe Eurovoc;
g)
impresión por medio de sus proveedores;
h)
seguimiento de la ejecución de los trabajos;
i)
control de calidad;
j)
recepción cualitativa y cuantitativa;
k)
difusión física y electrónica del Diario Oficial, los textos oficiales distintos de los publicados en el Diario Oficial y las publicaciones no obligatorias;
l)
almacenamiento;
m)
archivado físico y electrónico;
n)
reimpresión de publicaciones agotadas e impresión por pedido;
o)
constitución de un catálogo consolidado de publicaciones de las instituciones;
p)
venta, incluida la facturación, el cobro y pago de ingresos y la gestión de deudas;
q)
promoción;
r)
creación, compra, gestión, actualización, seguimiento y control de las listas de correo de las instituciones y creación de listas de correo adaptadas.
2. En el marco de sus competencias propias, o en virtud de la delegación de la función de ordenador por las instituciones, la Oficina procederá:
a)
a la contratación pública, asumiendo compromisos jurídicos;
b)
al seguimiento financiero de los contratos con los proveedores;
c)
a la liquidación de gastos, incluida la recepción cualitativa y cuantitativa formalizada mediante la firma del «Páguese»;
d)
a la ordenación de gastos;
e)
a las operaciones de ingresos.
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