Art. 3
Competencias de la Oficina
En vigor desde 26 jun 2009
Artículo 3
Competencias de la Oficina
1. Las competencias de la Oficina son las siguientes:
a)
edición del Diario Oficial de la Unión Europea (denominado en lo sucesivo «el Diario Oficial») y garantía de su autenticidad;
b)
edición de otras publicaciones obligatorias;
c)
edición o coedición de publicaciones no obligatorias confiadas a la Oficina en el marco de las prerrogativas de cada institución y, en particular, en el contexto de las actividades de comunicación de las instituciones;
d)
edición o coedición de publicaciones por iniciativa propia, incluidas las publicaciones destinadas a garantizar la promoción de sus servicios; en este contexto, la Oficina puede obtener traducciones mediante un contrato de servicio;
e)
desarrollo, mantenimiento y actualización de sus servicios de edición electrónica destinados al público;
f)
puesta a disposición del público del conjunto de la legislación y otros textos oficiales;
g)
conservación y puesta a disposición del público en forma electrónica de todas las publicaciones de las instituciones;
h)
atribución de números internacionales normalizados o números de catálogo a las publicaciones de las instituciones;
i)
gestión de los derechos de reproducción y traducción de las publicaciones de las instituciones;
j)
promoción y venta de las publicaciones y de los servicios que ofrece al público.
2. La Oficina presta asesoramiento y asistencia a las instituciones en relación con:
a)
la programación y la planificación de sus programas de publicaciones;
b)
la realización de sus proyectos de edición, independientemente de la forma de edición;
c)
la maquetación y el diseño de sus proyectos de edición;
d)
la información sobre las tendencias del mercado editorial en los Estados miembros y sobre los temas y títulos que pueden conseguir mayor difusión;
e)
la fijación de tiradas y el establecimiento de planes de difusión;
f)
la fijación de los precios de las publicaciones y su venta;
g)
la promoción, difusión y evaluación de sus publicaciones gratuitas o venales;
h)
el análisis, la evaluación y la creación de sitios y servicios de Internet destinados al público;
i)
la elaboración de contratos-marco relativos a actividades de edición;
j)
la supervisión tecnológica de los sistemas de edición.
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