Art. 5
En vigor desde 24 abr 2008
Artículo 5
Respecto a la fiebre aftosa, la Comunidad concede ayuda financiera al Institute for Animal Health, Pirbright Laboratory, of the Biotechnology and Biological Sciences Research Council (BBSRC), Pirbright, Reino Unido, para que desempeñe las competencias y funciones expuestas en el anexo XVI de la Directiva 2003/85/CE.
La ayuda financiera de la Comunidad cubrirá el 100 % de los costes admisibles con arreglo al Reglamento (CE) no 1754/2006 de dicho laboratorio derivados del programa de trabajo, hasta un máximo de 312 000 EUR, durante el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2008.
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