Art. 1
En vigor desde 16 abr 2007
Artículo 1
1. La Comunidad pondrá a disposición de Moldova una ayuda macrofinanciera en forma de subvención por un importe máximo de 45 000 000 EUR con vistas a respaldar la balanza de pagos de Moldova y a atenuar las limitaciones financieras en la aplicación del programa económico del Gobierno.
2. La ayuda macrofinanciera de la Comunidad será gestionada por la Comisión en consulta con el Comité Económico y Financiero y de forma compatible con los acuerdos o protocolos alcanzados entre el Fondo Monetario Internacional (FMI) y Moldova.
3. La ayuda macrofinanciera de la Comunidad será puesta a disposición durante un período de dos años a partir del día siguiente a la entrada en vigor de la presente Decisión. Sin embargo, si las circunstancias así lo requieren, la Comisión, previa consulta al Comité Económico y Financiero, podrá decidir la prórroga del período de puesta a disposición por un año como máximo.
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