Art. 5
En vigor desde 4 abr 2006
Artículo 5
1. El Reino Unido deberá exigir que la Agencia para el desmantelamiento de las instalaciones nucleares se comprometa a que ni la NDA ni las empresas concesionarias de la explotación de la Planta de reprocesamiento de óxido térmico (THORP) y la Planta Mox de Sellafield (SMP) ofrezcan contratos de servicios de reprocesamiento y almacenamiento de combustible gastado o contratos de suministro de combustible de tipo Mox a precios inferiores a los costes de suministro marginales previstos. Estos costes marginales incluirán los costes marginales de funcionamiento afines y cualesquiera otros costes marginales de desmantelamiento y gestión de residuos, y abarcarán tales costes tal como se calcularon inmediatamente después del inicio del contrato.
2. El apartado 1 no se aplicará a los contratos suscritos antes de la fecha de la presente Decisión o a los contratos en los que se hayan presentado a los clientes ofertas formales aprobadas por la NDA y el Departamento de Comercio e Industria del Reino Unido o que estén siendo negociados antes de esa fecha o a los contratos celebrados con posterioridad a esa fecha en virtud de una carta de intenciones firmada antes de esa fecha.
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