Art. 88

Lucha contra el racismo y la xenofobia

En vigor desde 18 jul 2005
Artículo 88 Lucha contra el racismo y la xenofobia Las Partes acuerdan adoptar las medidas oportunas con objeto de prevenir y combatir todas las formas y manifestaciones de discriminación por razones de raza, origen étnico y religión, en especial en los ámbitos de la educación, el empleo, la formación y la vivienda. Para ello, se llevarán a cabo acciones de información y sensibilización. En este contexto, las Partes velarán por que puedan acceder a los procedimientos judiciales o administrativos todas las personas que se consideren perjudicadas por las formas de discriminación antes citadas. Las disposiciones del presente artículo no se refieren a las diferencias de trato por razones de nacionalidad.
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