Art. 5

Estructura organizativa

En vigor desde 14 ene 2005
Artículo 5 Estructura organizativa 1.   La Agencia será administrada por un Comité de dirección y por un director nombrados por la Comisión. 2.   Los miembros del Comité de dirección se nombrarán por un período de dos años. 3.   El director de la Agencia se nombrará por un período de cuatro años.
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