Art. 99
Sociedad de la Información
En vigor desde 13 dic 2004
Artículo 99
Sociedad de la Información
Las Partes acuerdan reforzar la cooperación con el fin de conseguir un mayor desarrollo de la sociedad de la información en Croacia. Los objetivos globales consistirán en preparar al conjunto de la sociedad para la era digital, atrayendo inversiones y fomentando la interoperabilidad de redes y servicios.
Las autoridades de Croacia, asistidas por la Comunidad, revisarán atentamente cualquier compromiso político asumido por la Unión Europea con objeto de alinear sus propias políticas con las de la Unión.
Las autoridades de Croacia elaborarán un plan para la adopción de la legislación comunitaria en el ámbito de la sociedad de la información.
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