Art. [preambulo]
En vigor desde 20 abr 2002
El Gobierno del Reino de España y el Gobierno de la Federación de Rusia, denominados en lo sucesivo «Partes Contratantes»,
Deseando desarrollar con criterios de reciprocidad el transporte de viajeros y de mercancías por carretera entre ambos Estados, y el de tránsito por el territorio de sus Estados, así como aspirando a facilitar estos transportes,
Han convenido en lo siguiente:
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Tus anotaciones
Proeli/es/ai/2001/05/22/(3)#preambulo-pr