Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO V›Secc. Sección 3.ª Presentación y proclamación de candidatos
Art. 26
En vigor desde 9 sept 2000
Las candidaturas se presentarán mediante solicitud de proclamación, ante la Junta Electoral respectiva, dentro de los quince días siguientes al de la publicación de la convocatoria.
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Proeli/es/a/2000/07/26/(1)#art-26