Título TÍTULO IV
Art. 118
En vigor desde 30 ene 1999
El Servicio de Inspección se estructura en los siguientes órganos:
1. Jefatura del Servicio, a la que estará adscrito directamente un Secretario de Inspección.
2. Unidades Territoriales de Inspección.
3. Sección de Informes.
4. Unidad de Atención al Ciudadano.
Se añade el apartado 4 por la disposición adicional 1.1 del Acuerdo de 2 de diciembre de 1998. Ref. BOE-A-1999-2176 .
Tus anotaciones
Proeli/es/a/1986/04/22/(1)#art-118