Título TÍTULO V

Art. 207

En vigor desde 1 ene 2021
Si, como consecuencia de las actuaciones de la Defensoría, se deduce que la correspondiente queja fue originada por el abuso, arbitrariedad, discriminación, error, negligencia u omisión de un miembro u órgano de la comunidad universitaria, presentará un informe al Rector para que adopte las medidas pertinentes si hubiere lugar.
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eli/es-cl/a/2020/12/30/111#art-207

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