Título TÍTULO V
Art. 200
En vigor desde 1 ene 2021
1. La Defensoría de la comunidad universitaria es el órgano comisionado del Claustro para la defensa y garantía de los derechos e intereses legítimos de los miembros de la comunidad universitaria, siendo su finalidad fundamental la contribución a la mejora de la calidad y el buen funcionamiento de la Universidad.
2. Desarrollando lo previsto en los presentes Estatutos, la Defensoría de la comunidad universitaria contará con un Reglamento aprobado por el Claustro de la Universidad que regule su nombramiento, competencias y procedimientos de actuación.
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Proeli/es-cl/a/2020/12/30/111#art-200