Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO V
Art. 198
En vigor desde 1 ene 2021
1. La formación continua y el perfeccionamiento en la actividad administrativa y de servicios constituyen un derecho y un deber del Personal de Administración y Servicios.
2. La Universidad de Valladolid, a través de la Gerencia, elaborará el plan de formación y perfeccionamiento del Personal de Administración y Servicios, cuyo coste económico se reflejará en la correspondiente partida presupuestaria.
3. Para la elaboración y el seguimiento del plan de formación se constituirá una Comisión paritaria presidida por el Gerente o persona en quien delegue, con voto de calidad. Los miembros que, en esta comisión, correspondan a los órganos de representación del Personal de Administración y Servicios, serán mitad funcionarios y mitad laborales.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-cl/a/2020/12/30/111#art-198