Reglamento·n.º 522·17 de diciembre de 2015

Reglamento (UE) 2016/522

REGLAMENTO DELEGADO (UE) 2016/522 DE LA COMISIÓN - de 17 de diciembre de 2015 - por el que se completa el Reglamento (UE) n.o 596/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a la exención relativa a determinados bancos centrales y organismos públicos de terceros países, los indicadores de manipulación de mercado, los umbrales de divulgación, la autoridad competente para las notificaciones de retrasos, la autorización de negociación durante períodos limitados y los tipos de operaciones de notificación obligatoria realizadas por los directivos - (Texto pertinente a efectos del EEE)

Vigente desde el 17 de diciembre de 2015 22 artículos 1 vigencias historificadas
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Índice

Art. 1Objeto y ámbito de aplicaciónArt. 1.tit_1Objeto y ámbito de aplicaciónArt. 2DefinicionesArt. 2.tit_1DefinicionesArt. 3Organismos públicos y bancos centrales exentos de terceros paísesArt. 3.tit_1Organismos públicos y bancos centrales exentos de terceros paísesArt. 4Indicadores de manipulacionesArt. 4.tit_1Indicadores de manipulacionesArt. 5Valores umbrales mínimos de dióxido de carbono y de potencia térmica nominalArt. 5.tit_1Valores umbrales mínimos de dióxido de carbono y de potencia térmica nominalArt. 6Determinación de la autoridad competenteArt. 6.tit_1Determinación de la autoridad competenteArt. 7Negociación durante un período limitadoArt. 7.tit_1Negociación durante un período limitadoArt. 8Circunstancias excepcionalesArt. 8.tit_1Circunstancias excepcionalesArt. 9Características de la negociación durante un período limitadoArt. 9.tit_1Características de la negociación durante un período limitadoArt. 10Operaciones de notificación obligatoriaArt. 10.tit_1Operaciones de notificación obligatoriaArt. 11Entrada en vigor y aplicaciónArt. 11.tit_1Entrada en vigor y aplicación
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