Art. Preambulo
En vigor desde 23 feb 2001
TRATADO DE EXTRADICIÓN ENTRE EL REINO DE ESPAÑA Y LA REPÚBLICA DEL PARAGUAY
El Reino de España y la República del Paraguay, en adelante «las Partes Contratantes»,
Conscientes de la importancia de crear mecanismos bilaterales que permitan regular la entrega de los delincuentes y mejorar la administración de justicia mediante la concertación de un tratado de extradición;
Deseosos de hacer más eficaz la cooperación entre los dos países en la esfera de la prevención y la represión de los delitos;
Han convenido lo siguiente:
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Tus anotaciones
Proeli/es/ai/1998/07/27/(1)#preambulo-preambulo