Título TÍTULO II
Art. 40
1. La vista es pública, a menos que el Tribunal decida otra cosa por circunstancias excepcionales.
2. Los documentos depositados en la Secretaría serán accesibles al público, a menos que el Presidente del Tribunal decida de otro modo.
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Tus anotaciones
Proeli/es/ai/1999/04/05/(1)#art-40