Art. Noveno

En vigor desde 17 jun 2026
1. Requisitos de autenticación para el acceso en la Sede electrónica a los trámites de contestación de diligencias regulados en el procedimiento del dispongo Sexto. El acceso en la Sede electrónica de la Agencia Tributaria a los trámites de contestación de diligencias regulados en el dispongo Sexto podrá realizarse de las siguientes formas: a) Con certificado electrónico cualificado de representante de persona jurídica. b) Con certificado electrónico cualificado de persona física en el caso de que la entidad apodere a un empleado para realizar los trámites. c) Cl@ve móvil (incluye Cl@ve PIN) en el caso de que la entidad adherida apodere a un empleado para realizar los trámites. 2. Requisitos de autenticación para el acceso en la Sede electrónica a los trámites de elección de canal y aportación de datos, y trámites para la gestión de la adhesión. El acceso en la Sede electrónica de la Agencia Tributaria a los trámites de elección de canal y aportación de datos y trámites para la gestión de la adhesión podrá realizarse de las siguientes formas: a) Con certificado electrónico cualificado de representante de persona jurídica. b) Con certificado electrónico cualificado de persona física en el caso de que la entidad apodere a un empleado para realizar los trámites. c) Cl@ve móvil (incluye Cl@ve PIN) en el caso de que la entidad adherida apodere a un empleado para realizar los trámites.
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eli/es/res/2026/06/04/(2)#noveno

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