Art. 7

En vigor desde 5 ene 2006
7. Formas de prestacion de la asistencia sanitaria La asistencia sanitaria a cargo de la Mutualidad General Judicial se presta a través de los conciertos con compañías de seguros en el ramo de enfermedad o con establecimientos públicos o privados o por concierto con Instituciones de la Seguridad Social.
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eli/es/res/2005/11/29/(2)#7

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