Art. Disposición adicional tercera
En vigor desde 30 dic 2009
Lo dispuesto en el apartado séptimo.1.d) de esta Resolución se entenderá sin perjuicio de lo que establezca la Resolución del Secretario de Estado de Hacienda y Presupuestos a la que se refiere la disposición final primera, apartado 3 del Real Decreto 1676/2009, de 13 de noviembre, por el que se regula el Consejo para la Defensa del Contribuyente, respecto de los demás extremos que contempla el citado precepto.
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Proeli/es/res/2009/12/28/(1)#disposicion-adicional-tercera