Art. Disposición adicional tercera

Art. Disposición adicional tercera

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En vigor desde 30 dic 2009
Lo dispuesto en el apartado séptimo.1.d) de esta Resolución se entenderá sin perjuicio de lo que establezca la Resolución del Secretario de Estado de Hacienda y Presupuestos a la que se refiere la disposición final primera, apartado 3 del Real Decreto 1676/2009, de 13 de noviembre, por el que se regula el Consejo para la Defensa del Contribuyente, respecto de los demás extremos que contempla el citado precepto.
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eli/es/res/2009/12/28/(1)#disposicion-adicional-tercera