Art. Séptimo
En vigor desde 1 ene 2008
La Subdirección General de Inspección e Investigación ejercerá, entre otras, las siguientes funciones y competencias: la realización directa de actuaciones inspectoras y de control de restituciones a la exportación; la definición, dirección y planificación de los instrumentos de análisis de riesgo en el ámbito del comercio exterior, de seguridad en la cadena logística y de Impuestos Especiales, así como su implementación, seguimiento y explotación y las actuaciones derivadas del cumplimiento de la normativa comunitaria referida a la asistencia mutua administrativa o de convenios en la materia suscritos por España o por la Unión Europea.
Se modifica por los apartados 4 y 6 de la Resolución de 12 de diciembre de 2007. Ref. BOE-A-2007-22251 .
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Proeli/es/res/1992/07/20/(1)#septimo