Capítulo CAPÍTULO III›Secc. Sección 1.ª Del Consejo de la CNMV y de su Comité Consultivo
Art. 22
En vigor desde 29 dic 2019
1. De conformidad con el artículo 31.1 de la Ley del Mercado de Valores, el Comité Consultivo de la CNMV es el órgano de asesoramiento de su Consejo. Se rige por lo dispuesto en el Real Decreto 303/2012, de 3 de febrero, por el que se regula el Comité Consultivo de la Comisión Nacional del Mercado de Valores y por sus normas de desarrollo.
2. La CNMV pondrá a disposición del Comité Consultivo los medios necesarios para el desempeño adecuado de su actividad.
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Proeli/es/res/2019/12/19/(1)#art-22